martes, 24 de julio de 2018

liquidacion de compra

 Liquidación de Compra

Casos en los que se emitirán Liquidación de Compra:
  • Serán emitidas por las personas naturales y jurídicas por las adquisiciones que efectúen a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía, desperdicios y desechos metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de número de RUC.
Podrán ser empleadas para sustentar gasto o costo para efecto tributario. Asimismo es preciso señalar que permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal y debe considerarse que el impuesto deberá ser retenido y pagado por el comprador, quien queda designado como agente de retención.
 Requisitos de la liquidación de compra:
INFORMACIÓN IMPRESA
INFORMACIÓN NO NECESARIAMENTE IMPRESA
Datos de identificación del comprador
  • Apellidos y nombres, denominación o razón social
  • Además deben consignar su nombre comercial si lo tuvieran.
  • Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión.
  • Número de RUC
Datos de identificación del vendedor
  •  Apellidos y nombres
  • Domicilio del vendedor y lugar donde realizó la operación
  • Número del documento de identidad
Denominación del Comprobante:
“LIQUIDACIÓN DE COMPRA”
Producto comprado, indicando la cantidad y unidad de medida
Numeración
Serie y número correlativo
Precios unitarios e los productos comprados
Datos de la imprenta que realizo la impresión:
Número de RUC
Fecha de impresión
Valor de venta de los productos comprados
Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT: que debe estar junto con los datos de la empresa gráfica
Monto discriminado del tributo que grave la operación, indicando la tasa la tasa que corresponde
Destino del original y las copias:
  • En el original: COMPRADOR
  • En la primera copia: VENDEDOR
  • En la segunda copia: SUNAT
  • En las copias se consignará la leyenda “COPIA SIN DERECHO A CRÉDITO FISCAL DEL IGV”
Importe total de la compra, expresado numérica y literalmente

Fecha de emisión

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